Las personas incluidas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia no podrán acceder en La Falda a licencias y habilitaciones otorgadas por la Municipalidad, ni ser proveedores o ejercer cargos públicos en el Estado municipal.
Así lo aprobó por unanimidad el Concejo Deliberante en la sesión de este miércoles, a través de una iniciativa impulsada por el bloque oficialista y acompañada por los conejales de la oposición.
La ordenanza dispone que, ante cualquier solicitud o designación, la Municipalidad deberá realizar una verificación previa del Certificado de Libre Deuda Alimentaria ante el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia. En caso de que se compruebe la condición de deudor alimentario, la autoridad local “rechazará los requerimientos o trámites formulados”; no “realizará o renovará” contrataciones de bienes y servicios y se “abstendrá de otorgar subsidios o programas sociales, o designar funcionarios”.
La disposición alcanza a personas que soliciten trámites de “licencias o permisos y habilitaciones o concesiones”; proveedores del municipio; potenciales beneficiarios de subsidios y programas sociales; quienes soliciten un cambio de titularidad en “toda explotación comercial o industrial” y postulantes a cargos públicos.
El proyecto se apoya en la Ley Provincial 8892, que estableció la creación en Córdoba del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que funciona bajo la órbita de la Secretaría de Justicia y es administrado por el Registro Civil de la Provincia.
El organismo identifica a quienes adeudan tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, sin necesidad de una instancia de ejecución judicial, y es el encargado de emitir certificados a personas u organismos con interés legítimo. Además, conforma una base de datos que incluye a trabajadores de la administración pública provincial, municipal y de entes vinculados al Estado.
La ordenanza se enmarca también en el Código Civil y Comercial de la Nación, que regula la responsabilidad parental fijando como deber básico de los progenitores garantizar la “protección, desarrollo y formación” de sus hijos mientras “sea menor de edad y no se haya emancipado”.
En ese sentido, la Municipalidad reconoce que el incumplimiento de estas obligaciones constituye una forma de “violencia económica” a la que describe como “la más oculta y silenciosa de las modalidades de violencia familiar y de género”. La norma destaca entre sus considerandos que es “preciso agudizar las herramientas legales en procura de combatirla y erradicarla”.















