La Legislatura de Córdoba aprobó este miércoles la ley para regular la actividad de cuidacoches y limpiavidrios en todo el territorio de la provincia.
La norma modifica el Código de Convivencia Ciudadana provincial y prohíbe la actividad de cuidacoches y limpiavidrios, aunque contempla la autonomía municipal y serán los Ejecutivos locales quienes definan si autorizan la actividad en sus jurisdicciones.
En el centro norte de Punilla, La Falda es la única localidad que ya reguló la actividad a través de la ordenanza número 3392, de 2021.
En ese marco, los municipios podrán “informar al Ministerio de Seguridad de la Provincia la identidad de las personas que se encuentren facultadas para realizar la actividad de cuidado de vehículos en la vía pública o en lugares de acceso público en sus respectivas jurisdicciones, a fines de facilitar su identificación y control, tanto por la autoridad de aplicación como así también de la ciudadanía”.
Además, la normativa crea el Programa Transitorio de Inclusión Sociolaboral de Personas Cuidacoches y Limpiavidrios Urbanos, que prevé el relevamiento de las personas alcanzadas por ambas actividades y el desarrollo de instancias de capacitación en oficios, formación laboral y acompañamiento para la reinserción a través de la Universidad Provincial de Córdoba, acciones que se articularán entre la Provincia y los municipios.
- Sanciones
La nueva ley establece sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 50 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes, sin habilitación de la autoridad competente, exigieren o impusieren una retribución económica por permitir el estacionamiento, permanecer en el lugar o retirar un vehículo, o invocaren su cuidado con la finalidad de obtener esa retribución, en la vía pública o en lugares de acceso público.
Además, estipula sanciones de hasta tres días de trabajo comunitario, multa de hasta 12 Unidades de Multa o arresto de hasta tres días para quienes, contando con habilitación otorgada por la autoridad competente, incumplieren las condiciones, requisitos, límites o modalidades que establece la normativa vigente.
En tanto, determina sanciones de hasta seis días de trabajo comunitario, multa de hasta 50 Unidades de Multa o arresto de hasta seis días para quienes realizaren o intentaren realizar la limpieza de parabrisas, vidrios u otras superficies de vehículos detenidos o momentáneamente detenidos en la vía pública o en lugares de acceso público.
Para cuidacoches y limpiavidrios, la ley contempla agravantes en ciertos casos, con sanciones más severas.
Finalmente, establece que el Ministerio Público Fiscal investigará las infracciones previstas en el Código de Convivencia Ciudadana y la autoridad policial limitará su actuación a “la constatación del hecho, la adopción de medidas urgentes y provisionales, y la confección del acta inicial”.














