La Cámara de Diputados finalmente sancionó este miércoles la reforma a la ley de alquileres con los cambios impulsados por el oficialismo, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral.
La iniciativa se aprobó por 128 votos contra 114, con el rechazo de Juntos por el Cambio y los libertarios que responden a Javier Milei, entre otros representantes de la oposición. Ahora resta que el texto sea promulgado por el presidente Alberto Fernández para que entre en vigencia.
Con esta reforma, que contiene las modificaciones introducidas por el Senado, si bien los contratos se mantienen en tres años, podrán tener “ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”, en lugar de anual como establecía la actual norma.
Además, se modificó el mecanismo de actualización del precio, en un promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período. En este sentido, estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.
Además, la ley aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional. Tampoco la publicidad de los inmuebles en alquiler puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
En cuanto a los beneficios impositivos, los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.
Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10 por ciento del monto anual del contrato de locación”.