Tras años de prórrogas por decreto, finalmente la Municipalidad de La Falda y Accion-ar Cooperativa firmarán en las próximas semanas un nuevo contrato de concesión del servicio público de agua en la ciudad.
El texto fue aprobado en primera lectura durante la sesión del pasado miércoles en el Concejo Deliberante con el voto del bloque oficialista que, aún sin el acompañamiento de la oposición, suma las dos terceras partes que exige la Carta Orgánica (Art. 64).
Ahora será objeto de debate en audiencia pública el próximo jueves 28 a partir de las 20:30, en el Salón Leopoldo Marechal (Sarmiento 92). Allí, los vecinos/as podrán proponer cambios, aunque de manera no vinculante. Una copia del documento completo está a disposición para su consulta en formato papel en el Juzgado de Paz local, ubicado en Sarmiento 335, hasta las 10:00 del día de la audiencia, aunque también se puede acceder a través de este link.
Qué dice el contrato
- Concesión y plazos
A través de este nuevo contrato, la Municipalidad le otorgará la concesión a Accion-ar Cooperativa de Servicios Públicos Limitada “a título gratuito” por un plazo de siete años, con posibilidad de prórroga por otros siete.
Como única prestadora del servicio, la cooperativa será la encargada de la “captación, potabilización, conservación, transporte, distribución y comercialización del agua apta para consumo (bebida), higiene y uso de la población, incluidas también las industrias y comercios locales”, como así también la “construcción, mantenimiento, renovación, y ampliación de las instalaciones”.
En este sentido, tendrá la “obligación esencial de garantizar la calidad y cantidad del servicio, su continuidad, regularidad y generalidad, asegurando una prestación eficaz a los usuarios y la protección de la salud pública y del ambiente”.
- Interrupción de la concesión
El contrato establece la posibilidad de extinción de la concesión por “mal desempeño en las funciones de acuerdo a auditoría realizada por la Municipalidad”. En tal sentido, se advierte que “podrá ser rescindido en cualquier tiempo cuando el servicio prestado por la Cooperativa dejase de cumplir con las exigencias de regularidad y continuidad, salvo caso fortuito o de fuerza mayor”, y mediante dictamen técnico de la Administración Provincial de Recursos Hídricos (A.P.R.Hi).
- Tarifas: aumentos, valor inicial y aportes de capital
Los aumentos de las tarifas serán en base al mismo porcentaje y “en el mismo tiempo” que determine la ordenanza tarifaria anual (Tasa de Propiedad). En caso de que la Cooperativa advierta sobre “diferencias porcentuales entre lo previsto por la tarifaria y el costo del servicio”, podrá solicitar un incremento complementario ante el Concejo Deliberante.
El valor inicial del servicio arrancará en 3.200 pesos para la categoría residencial y se prohíbe la inclusión en la factura del ítem “aportes de capital y/u otro servicio que preste la Cooperativa”. Además de “residencial”, “comercial” e “industrial”, se deberán contemplar las categorías “residencial social” y “jubilados”, con un descuento del 50 por ciento en los mínimos establecidos para la tarifa residencial.
- Obligaciones de la Cooperativa
Entre una larga lista de atribuciones y obligaciones, la Cooperativa deberá informar a los usuarios sobre cortes y/o restricciones colectivas en el servicio al menos 48 horas antes; dar respuesta a los usuarios en un plazo de diez días hábiles por reclamos administrativos o técnicos y presentar un informe anual y el balance ante la Secretaría de Obras Públicas y Privadas.
- Propiedad de las instalaciones
Este punto deja en claro que “la totalidad de las redes” del servicio instaladas en la ciudad pertenecen a la Municipalidad, lo que implica también la entrega de planos; nómina de nuevas conexiones; padrón de usuarios y “toda ampliación de la red de distribución que se realice en el futuro”.
- Faltas, sanciones y controles del servicio
Si bien la Cooperativa realizará controles de calidad, en paralelo la Municipalidad podrá efectuar por su cuenta “todos los controles que estimase necesarios” y establecerá por decreto el régimen de sanciones y faltas ante los posibles incumplimientos de las obligaciones de la Cooperativa y los usuarios.
Además, ejercerá el control público del servicio a través de la designación de un integrante del Ejecutivo y un concejal para participar de las sesiones del Consejo de Administración y de las Asambleas.