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La Falda

martes 10 de junio de 2025

Liberaron bajo fianza al director del Centro Ecuestre La Falda

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Tras casi tres meses detenido, el director de la Fundación Centro Ecuestre de La Falda (CELF), Pablo Soto Bogdanic, recuperó su libertad bajo fianza y con varias condiciones, aunque continúa imputado por “abuso sexual simple, agravado por la condición de guardador, y corrupción de menores”.

Entre las condiciones dispuestas por la fiscal Paula Kelm, Soto deberá fijar y mantener domicilio fuera del ejido municipal de La Falda; no trabajar con menores de edad y no retomar las tareas que realizaba en el Centro Ecuestre.

El abogado de la familia de la víctima, Ricardo Agost, rechazó la medida de la fiscal y advirtió que “faltan incorporar pruebas” a la causa.

La liberación de Soto se produjo a fines de abril pasado, pero fue confirmada hoy. Había permanecido detenido en la Unidad de Contención de Aprehendido (UCA) y en el Penal de Cruz del Eje.

Su abogado, Tomás Aramayo, advirtió a La Estafeta que la acusación sobre su defendido se remonta a “un solo hecho particular sucedido en 2024”, aunque hubo inconsistencias entre “los hechos que relatan la denuncia y lo que determina la prueba”.

“Recuperó su libertad porque la Fiscalía determinó que no hay peligro procesal e impuso condiciones. La denuncia presentada decía que él habría estado haciendo acto de abuso en contra de una persona desde los tres años, pero en realidad lo que se sospecha es de un hecho en particular de 2024. La cámara Gesell y las pericias, aunque todavía faltan las conclusiones, determinaron que lo que se dice en los hechos que se relatan en la denuncia no son tan verídicos. Hay inconsistencias entre lo que dice la denuncia y lo que determina la prueba”, señaló Aramayo a este medio.

Y agregó: “La denuncia se debilitó. La prueba es la que determina una medida de coerción y, si hoy Soto está libre, es porque la prueba no ayuda. Si fuera tan culpable como dicen que es, estaría adentro”.

Por su parte, Agost calificó de “incorrecta” la liberación, medida que atribuyó a retrasos en la “producción e incorporación de elementos de prueba” y remarcó que aún resta incorporar una pericia informática y conclusiones de una pericia psicológica en la víctima.

“Los términos en los que la defensa vincula la liberación de Soto a un posible debilitamiento de la prueba no resulta cierto. La Fiscalía, de manera incorrecta a nuestro juicio, ha considerado que no hay riesgo ni de fuga ni de entorpecimiento. Consideramos que sí hubo entorpecimiento de la causa: Soto se negó a intervenir en su pericia psicológica y a esto debe sumarse que el pronóstico punitivo comienza con un mínimo de prisión de 10 años, y por tanto no excarcelable”, afirmó Agost.

Y concluyó: “La dilación de la Fiscalía en la producción e incorporación de elementos de prueba ha operado a modo de presión que condujo a la situación de tener que liberarlo, aunque la fiscal afirma contar con todos los elementos para seguir sujetándolo al proceso. Una vez que se supere el retardo en la investigación, de órganos auxiliares a la Fiscalía, esos elementos pendientes no van a hacer otra cosa que abonar la hipótesis de la acusación”.

Última actualización – 17:42

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